viernes, 21 de marzo de 2014

¡Sólo sacerdotes varones...!

¡Sólo sacerdotes varones...!

 
«Por tanto, para quitar toda duda sobre una cuestión de gran importancia que atañe a la misma divina constitución de la Iglesia, en virtud de mi ministerio de confirmar fe a los hermanos (cf. Lc 22, 32), declaramos que la Iglesia no tiene en modo alguno la facultad de conferir ordenación sacerdotal a las mujeres y que este dictamen debe ser tenido como definitivo por todos los fieles de la Iglesia»
 En los últimos años ha crecido la polémica sobre la ordenación sacerdotal femenina, dentro y fuera de la Iglesia católico-romana. Algunas Iglesias cristianas, como la anglicana y la luterana, han pasado al hecho consumado, ordenando de sacerdotes y obispos a las diaconisas de sus comunidades. La ortodoxa oriental y la católica romana mantienen una estricta prohibición, aunque aquélla autoriza la ordenación diaconal tal como se dio durante la primera expansión apostólica, a lo largo de varios siglos.
 Ante semejante situación y en virtud de un ministerio petrino, siempre reivindicado, el papa Juan Pablo II tenía varias opciones:
 1 . La primera, extraordinaria, convocando una asamblea deliberativa sinodal sobre el tema y hasta un concilio ecuménico, invitando a las Iglesias cristianas hermanas, no unidas. Era la solución ideal, aunque hoy por hoy, utópica.
 2 . Definir solemnemente la exclusión, en virtud de su infalibilidad como ocurrió con Pío XII, respecto a la Asunción (1950). Parece que llegó a consultarlo, pero los teólogos se la desaconsejaron, sabia y prudentemente.
 3. Dejar proseguir la discusión teológica, en varios niveles, hasta lograr mayor consenso. Era lo preferido por muchos teólogos de toda denominación cristiana.
 4 . Convocar un debate entre altas jerarquías de la Iglesia ortodoxa, anglicana y luterana. Habría sido un acontecimiento ecuménico. Tal vez era ya tarde.
 5 . Publicar un nuevo documento doctrinal sobre el tema, como una encíclica. Con todo, pesa en aún el caso de la Humanae Vitae (1968), en situación análoga. El Papa ha elegido otro camino, pensando ser la solución más conveniente y menos traumática para la Iglesia, al menos a largo plazo. El futuro emitirá su veredicto histórico.
 El 22 de mayo de 1994, firmaba la carta apostólica Ordinatio Sacerdotalis. Con un lenguaje enérgico, comienza afirmando que la ordenación sacerdotal se reservó sólo a varones en las Iglesias católica y orientales.
 Recuerda luego que, al surgir el problema de la ordenación de la mujer en la Comunión Anglicana, Pablo VI recordó a los hermanos anglicanos la postura excluyente de la Iglesia católica (1975). Más tarde, la Congregación de la doctrina de la fe declaró en su texto Inter Insigniores (1976) que la Iglesia no se creía autorizada para ordenar a mujeres de sacerdotes. Semejante postura se repitió tanto en la carta de Juan Pablo II: Mulierís Dignitatem (1988) como en su exhortación Christifideles laici (1988) y en su Catecismo (1992).
 La última parte de la carta rechaza toda eventual acusación de discriminación, y al reconocer que esta doctrina excluyente se sigue considerando en varios lugares, como discutible o sólo disciplinar, la refuerza con la formulación siguiente:
«Por tanto, para quitar toda duda sobre una cuestión de gran importancia que atañe a la misma divina constitución de la Iglesia, en virtud de mi ministerio de confirmar fe a los hermanos (cf. Lc 22, 32), declaramos que la Iglesia no tiene en modo alguno la facultad
de conferir ordenación sacerdotal a las mujeres y que este dictamen debe ser tenido como definitivo por todos los fieles de la Iglesia» (1).
Semejante declaración sorprendió por su rotundidad. El estupor aumentaría más aún con el comentario del cardenal J. Ratzinger, a la TV: «quien niegue tal doctrina,no debe considerarse dentro de la fe de la Iglesia». Tal afirmación «maximalista» impresionó a muchos y provocó gran división de opiniones.
 Algunos opinaron que tal carta es una decisión disciplinar que quiere terminar con una «cuestión disputada» que está fuera de una «estricta órbita de fe». Es la interpretación «minimalista».
 Otros teólogos, orillando la cuestión, afirmaron que ese debate debe dar paso a otra reflexión sobre el diaconado de la mujer en la Iglesia y su acceso a diversos ministerios no ordenados.
 Finalmente, hubo quienes opinaron que se trata de un «cierre en falso» del problema y que, por ello, seguirá vivo, aunque hibernado más o menos, para evitar «censuras» hasta que lleguen otros tiempos mejores, a saber: otro pontificado. Son también bastantes quienes disienten en «silencio respetuoso».
 El objetivo del documento papal es doble.
Ante todo Juan Pablo II quiere dar por terminada una nueva controversia teórico-práctica frente a las Iglesias cristianas que han ordenado a mujeres, tanto al sacerdocio como al episcopado, al no juzgar como concluyente la argumentación aducida desde la Biblia y la Tradición. Además quiere fortalecer la misma tradición y garantizarla para el futuro ante el aumento de teólogos católico-romanos, en favor de tal ordenación.
                                                    
 VALORACIÓN CANÓNICA DEL DOCUMENTO
 La Ordinatio Sacerdotalis no es pura repetición de la doctrina anterior, sino que da un paso adelante. Hasta hoy, los papas Montini y Wojtyla decían que «no se sentían con autoridad» para cambiar la conducta que empalma con la tradición de Jesús y de los apóstoles.
 Ahora Juan Pablo II avanza con una doble afirmación rotunda:
 1. La Iglesia no tiene facultad, en modo alguno, de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres.
 2. Tal dictamen debe considerarse como definitivo por la Iglesia.
No se trata, pues, de una d e c l a r a c i ó n simple, puesto que no se limita a repetir lo dicho hasta ahora. Tampoco, de una declaración extensiva, al no ser una ampliación de una ley. Más bien, se trata de una declaración interpretativa, para elucidar un punto discutido y, aun sin crear nueva legislación, poner fin a una controversia.
 Podría, pues, decirse que con esta d e c l a - ración interpretativa, el Papa se acerca a la definición dogmática, pero sin traspasar su frontera. Es un gesto arriesgado que refleja su concepción bíblico-eclesiológica y su modo de gobierno. Sin embargo, el Papa no afirma que su dictamen sea definitivo, sino que debe ser considerado como tal. Pretendía con ello no pasar la frontera, ni crear confusiones.
 IMPLICACIONES ECUMÉNICAS
 Es evidente que la carta apostólica Ordinatio Sacerdotalis iba a tener serias repercusiones en el diálogo ecuménico. Aceptada sin problema por las Iglesias ortodoxas, fue recogida con seria reserva por las Iglesias anglicanas, y con escepticismo, por la luterana.
 El arzobispo primado de Canterbury, G. Carey, ha dicho: La carta reafirma la posición tradicional católico-romana sobre este tema. Los argumentos aludidos han sido plenamente considerados a lo largo de la discusión en la Iglesia de Inglaterra y en otras Iglesias cristianas y no se han considerado convincentes. En la Comunión anglicana la doctrina de la encarnación que, en Cristo, Dios asume nuestra humanidad ha sido un debate central. Lo que el sacerdocio está llamado a representar es la plena humanidad de Cristo más que su masculinidad.
 La carta afirma que «la Iglesia no tiene la menor autoridad para conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres». Esto parece negar a la Iglesia su constante responsabilidad en discernir la mentalidad de Cristo en relación con materias de fe, doctrina y orden.
 A través de un proceso de diálogo, la Comunión Anglicana y la Iglesia Católica Romana han alcanzado ya acuerdo substancial en un número de temas que nos dividían previamente. Sin embargo, esta declaración del Santo Padre parece cuestionar el diálogo sobre tal tema. Se requiere alguna aclaración de la Iglesia Católica Romana sobre cómo ella ve el futuro de la empresa ecuménica.
 Por lo que respecta a la Comunión Anglicana, continuamos sintiendo una buena voluntad respecto a la Iglesia Católica Romana y permanecemos plenamente comprometidos en el diálogo con tal Iglesia y con los otros colegas ecuménicos acerca de aquellas materias en las cuales continuamos discrepando (2).
 El luterano K. Kaiser, actual presidente del Consejo Mundial de las Iglesias, ha dicho lo siguiente:
La carta se inscribe en un desarrollo perceptible en la tradición romana católica específica desde hace cierto tiempo: es la constante negación de aflojar, sea lo que fuere, en los diálogos con otras Iglesias. Insistencia en el hecho de que la plenitud del magisterio doctrinal y dogmático de la Iglesia católica debe ser recibido por las otras confesiones para abrir el camino hacia la unidad.  
 La carta apostólica se inscribe en tal movimiento. Yo no puedo aceptar su contenido, ni desde el punto de vista teológico, pues su argumentación no es en absoluto convincente, ni desde el punto de vista ecuménico.
 Siendo realista como soy, debo aceptar que se trata de la postura católica, si quiero continuar manteniendo relaciones ecuménicas con ésta con su representación a nivel universal oficial, a saber: con el Vaticano (3). Tales reacciones son muy explicables. Si el Papa declara que la Iglesia no tiene en absoluto facultad de ordenar sacerdotalmente a la mujer, está implícita la acusación inequívoca de usurpación de poder a todas las Iglesias cristianas que las han conferido, aunque hayan sido hechas de buena fe. Eso sitúa en punto muerto, o al menos en fase de congelación, el diálogo ecuménico.
 COMENTARIO OFICIAL A LA CARTA APOSTÓLICA
 A la semana de hacerse pública la Ordinatio Sacerdotalis, el cardenal J. Ratzinger
publicaba un largo comentario sobre la misma (4). Tras indicar que no se trata de una nueva doctrina, el teólogo insiste en que la Iglesia ha reconocido siempre, desde el comienzo, en la figura de los «doce» apóstoles, el modelo «normativo» de todo el ministerio sacerdotal.
 al voluntad «institucional» de Cristo ha sido puesta en duda durante el siglo presente, según Ratzinger, por una exégesis de la Escritura, en clave historicista al margen de la tradición viva. La consecuencia es que pierde evidencia el concepto de institución y se esfuma la voluntad fundacional de Cristo con lo que el proceso institucional podía haber sido sustancialmente otro.
 Eso lleva a sustituir el criterio de institucionalidad por el de funcionalidad. La transparencia simbólica de la corporeidad del ser humano, obvia para el pensamiento sacramental, se sustituye por la equivalencia funcional de los sexos. Por eso lo que se tenía por vinculado al ministerio de origen, se valora como discriminación. Nuestro mundo funcional malinterpreta el sacramento.
 Ratzinger justifica la nueva intervención papal como el modo de superar la postura unilateral que sólo considera vinculante la decisión infalible de la Iglesia, relativizando todas las demás. Por otra parte, reconoce que el breve documento no quiere estudiar los fundamentos antropológicos de su decisión, sino que los deja a la investigación filosófica y teológica.
 Respecto a los datos de la Escritura, el teólogo pontificio dice que no existe una certeza puramente histórica, si se prescinde de la fe constante de la Iglesia y que la Escritura debe ser leída e interpretada a la luz de la Tradición, como dice el Vaticano II.
 Al tocar el tema de la obligatoriedad del documento, Ratzinger repite en parte la nota de presentación (tal vez suya) y añade que se trata de una forma concreta y vinculante. Finalmente, el cardenal teólogo toca dos puntos: la discriminación femenina y el diálogo ecuménico. Sobre el primero dice que es un error reducir la misión sacerdotal a ejercicio de poder y el gobierno eclesial a una función puramente democrática. Respecto al tema ecuménico, Ratzinger afirma que nadie podrá decir, seriamente, que esta carta dificulta el camino ecuménico. Ya hemos visto que los líderes anglicano y del consejo mundial de las Iglesias opinan lo contrario.
 En el documento de presentación de la Ordinatio Sacerdotalis, en primera página de «L’Osservatore Romano” se dice lo siguiente: «No se trata de una nueva formulación dogmática, sino de una doctrina enseñada de modo definitivo por el magisterio pontificio ordinario, a saber: propuesta no como una enseñanza prudencial, como hipótesis más probable o como simple disposición disciplinar, sino como ciertamente verdadera. Por tanto, al no ser tema libremente disputable, exige siempre el sentimiento pleno e incondicional de los fieles, y enseñar lo contrario equivale a inducir en el error a su conciencia. Esta declaración del Sumo Pontífice es un acto de escucha de la Palabra de Dios y de obediencia al Señor en el camino de la verdad» (5).
 No puede dudarse de la seriedad de este comentario oficial. Con todo, su teología es puramente deductiva y su “concepción eclesial” se interpreta como perfectamente terminada con la etapa apostólica. Otras perspectivas ajenas no se estudian, ni se aluden (6).  
 PROBLEMA DE FONDO
 Esto podría explicar que el 8 de noviembre de 1995 el ya citado cardenal escribiese una carta a los presidentes de las Conferencias Episcopales. En ella reconocía que teólogos y grupos de sacerdotes, religiosos y laicos, habían reaccionado negativamente ante el texto pontificio y puesto en discusión su carácter definitivo.
 Incluía, además, una respuesta de su dicasterio, donde dice que tal doctrina pertenece al depósito de la fe, por estar fundada en la palabra de Dios y la tradición eclesial y haber sido propuesta infaliblemente por el magisterio universal (Vaticano II. LG. 25,2) 7.
Esta «respuesta» de la Congregación para la doctrina de la fe, más que aclarar el tema lo obscurece. Ante todo por su inadecuación metodológica. Algo tan importante como una pertenencia al depósito de la fe ¿puede ser decretado por una simple respuesta dicasterial?, ¿cómo prueba que esa doctrina ha sido propuesta «de modo infalible » por el magisterio universal? A lo más, podría constatar un consenso relativo. Precisamente porque el asunto no estaba claro, ha surgido la «declaración interpretativa» del papa Juan Pablo II.
 Es claro que la afirmación papal debe ser respetada con debido “asenso religioso ». Sin embargo, esto no limita, ni su estudio ni su cualificación teológica. Por lo demás, el problema de la mujer en la Iglesia es mucho más amplio que el de su ordenación y parece que dará aún bastante que hacer y que pensar. Ante todo, sería conveniente que nuestra Iglesia pida perdón al mundo, especialmente al femenino, por su actitud discriminadora secular, muy en contra del ejemplo del Señor Jesús. Ya lo han hecho así la XXXIV Congregación General de las Jesuítas, como el mismo papa Juan Pablo II en su carta a las mujeres ante el congreso de Pekín 8.
Ojalá la Ordinatio Sacerdotalis, al cerrar unos caminos, pueda abrir otros y acelerar el ritmo de una Iglesia peregrina que quiere y sabe arrepentirse de sus pecados no sólo personales, sino también sociales y estructurales, para acercarse más a la utopía del Reino de Dios en la Tierra.  
frases interesantes:
Declaramos que la Iglesia no tiene en modo alguno la facultad de conferir ordenación sacerdotal a las mujeres.
Eso lleva a sustituir el criterio de institucionalidad por el de funcionalidad.
El problema de la mujer en la Iglesia es mucho más amplio que el de su ordenación y parece que dará aún bastante que hacer y que pensar.
Notas:
1 . JUAN PABLO II, Carta apostólica sobre la ordenación sacerdotal reservada sólo a los hombres. C i udad del Vaticano 1994, 4.
2. The Press Office, Lambeth Palace, Statement by the Archbishop of Canterbury in response to papal Letter on the ordination of Women to the Priesthood.
3 . KONRADKAISE R, Les Églises, la femme et l’unité,  «L’Actualité religieuse dans le monde», n.º 124, Juillet-Août, 1994, 40-42.
4 . J. RATZINGER, La carta apostólica «Ordinatio Sacerdotalis», «L’Osservatore romano», 8-VI-1994, 1-6. Traducción española en «Ecclesia» 54 (1994), n.º 2, 692, 1034-1037.
5. «L’Osservatore romano», 30-31.V.1994, 1.
6. J. RATZINGER, Carta a los eminentísimos y excelentísimos presidentes de las CC. Episcopales. R o m a , 8.XII.1995. «L’Osservatore romano» 19.XI.1995. 2.
7. J. MOINGT, Sur un debat clos, Recherches de sciences religieuses 82/3.1994,321.
8. Congregacíón general 34 de la Compañía de Jesús, Roma 1995. 205-313. JUAN PABLO II, Carta a las mujeres, Roma, 29 junio 1995. Para estos temas, ver MANUEL ALCALÁ, Mujer, Iglesia, sacerdocio,

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Procura comentar con libertad y con respeto. Este blog es gratuito, no hacemos publicidad y está puesto totalmente a vuestra disposición. Pero pedimos todo el respeto del mundo a todo el mundo. Gracias.