jueves, 17 de abril de 2014

LA BIBLIA EN EL MAGISTERIO DE LA IGLESIA

Los artículos precedentes se'han ocupado en diversos lugares de las enseñanzas, explicaciones e intervenciones del Magisterio eclesiástico acerca de la S. E. con documentos de diversa índole (v. v, 2; IIA, le y 2d; III 2, 5f, 6; iv, 2; y las bibl. de in y v). Igualmente se ha tratado ya de las motivaciones de esos documentos y de las relaciones entre la Biblia, la Iglesia y su Magisterio (v. I, 5; IIB, 1; y III, 10). Remitimos al lector a los indicados lugares, y trataremos aquí brevemente sólo de algunos documentos más importantes.
      Las encíclicas «Providentissimus» y «Spiritus Paraclitus». El 18 nov. 1893 León XIII publicó la ene. Providentissimus que venía a dar respuesta y orientaciones ante las cuestiones que se agitaban en torno a la veracidad de la Biblia. El campo acatólico estaba dominado por la crítica rar.onalista y el criticismo protestante que no supieron entender la B. y su mensaje a la luz de los recientes descubrimientos científicos e históricos (v. v). Llegaron a poner en duda no sólo la inspiración divina de la B. y su veracidad (inerrancia), sino la autenticidad de los libros sagrados, su conservación, datación, etc. La Providentissimus, después de una primera parte histórica y apologética en la que trata de la utilidad del estudio de la S. E. y del interés con que la Iglesia lo ha fomentado siempre, dedica la segunda parte al ordenamiento de los estudios bíblicos, formación de profesores, métodos de enseñanza, empleo del texto de la Vulgata y de los originales, necesidad de la formación teológica y patrística. Finalmente, en la tercera y última parte, después de instar al conocimiento de las lenguas orientales y de la crítica literaria, la ene. expone los principios acerca de la interpretación de los datos de la B. en relación con las ciencias naturales y la historia, afirmando de modo absoluto la inspiración y la inerrancia bíblica (v. v).
      La ene. Spiritus Paraclitus fue publicada por Benedicto XV el 15 sept. 1920, en la conmemoración del XV centenario de la muerte de S. Jerónimo. Los años precedentes habían tenido un signo muy distinto a los que precedieron a la Providentissimus: en 1892 se había fundado la Escuela Bíblica (v.) de Jerusalén, en 1902 se creó la Pontificia Comisión Bíblica (v.), en 1907 la Comisión para la revisión de la Vulgata, y en 1909 se erigió el Pontificio Instituto Bíblico (v.). Además el campo teológico doctrinal estaba clarificado por la condena del modernismo (v.) en el decr. Lamentabili y la ene. Pascendi (1907). La Spiritus Paraclitus dedica una parte introductoria a S. Jerónimo y a su doctrina sobre la S. E.: naturaleza de la inspiración, con ella («sugerencia» o «dictado» del Espíritu Santo) se dan en los distintos libros las características de cada autor, autoridad suprema de la S. E. en las cuestiones de fe, significado y alcance de la merrancia, afirmaciones principales de S. Jerónimo sobre la verdad absoluta de la B., que concuerdan con las enseñanzas de la Providentissimus. Después expone los errores modernos que atentan contra la absoluta inerrancia de la B., entre ellos el abuso de la teoría de las citas implícitas y de los géneros literarios (v. IV).
      La encíclica «Divino Afflante Spiritu». Publicada por Pío XII el 30 sept., 1943, para conmemorar el cincuentenario de la Providentissimus, constituye a la vez un balance de los avances realizados por la exégesis católica, y un estímulo acompañado de algunas orientaciones para el trabajo futuro.
      La primera parte de la ene. enumera los principales jalones de ese avance: realizaciones promovidas por el Supremo Magisterio de la Iglesia (Pontificia Comisión Bíblica, v., Pontificio Instituto Bíblico, v., Comisión para la revisión de la Vulgata, ordenación de la enseñanza bíblica en los Seminarios y Escolasticados religiosos) o por iniciativa privada sancionada por el mismo (École Biblique de Jerusalén, v., Congresos, Semanas de estudio y de divulgación, Asociaciones bíblicas, excavaciones arqueológicas, ed. críticas de los textos originales de la B. y trad. directas de los mismos a las lenguas modernas v. vi, 9 y vii, publicaciones de todo género en torno a la B., etc.; V. BÍBLICO, MOVIMIENTO; BÍBLICAS, REVISTAS). A continuación la ene. recuerda lo que la ciencia ha aportado a los estudios bíblicos en los 50 años transcurridos desde la Providentissimus: excavaciones llevadas a cabo en los países bíblicos; descubrimientos de documentos literarios que ilustran el texto, la lengua, la historia, las costumbres, el ambiente cultural y religioso de ambos Testamentos; mejor conocimiento de los Santos Padres, etc.
      Por último, la parte normativa de la ene. recomienda a los exegetas el estudio de las lenguas antiguas y el empleo de la crítica textual cuyos sazonados frutos se reconocen, la búsqueda del auténtico sentido literal de la B. y la exposición teológica del mismo con particular atención a las exposiciones de los Santos Padres. Se fijan contra posibles y reales abusos, ya denunciados por la Pont. Com. Bíblica unos años antes, los justos límites del sentido espiritual. Y se inculca la necesidad de conocer los géneros literarios del Antiguo Oriente, como premisa ineludible para captar el verdadero mensaje de la B. (v. iv).
     

 

JORGE IPAS, S. MUÑOZ IGLESIAS.
BIBL.: Texto latino y castellano de la enc. en S. MuÑoz IGLESIAS, Documentos Bíblicos, Madrid 1955, no 623654, y comentario ib., p. 117137; J. LEvIE, Vencyclique sur les études bibliques, en «Nouvelle Revue Théologique» 68 (1946) 648670, 766798; A. BEA, Venciclica «Divino Afflante Spiritu», «La Civilta Cattolica (1943) 212224; J. M. VOSTÉ, Cinquante ans d'études Bibliques: De I'encyclique «Providentissimus» de Leon XIII á l'encyclique «Divino Afflante Spiritu» de Pie XII, «Revue de 1'Université d'Ottáva» 17 (1947) 193218. La constitución «Dei Verbum». Es, con la Lumen gentium, una de las dos constituciones dogmáticas promulgadas por el Cone. Vaticano II. Remitiendo para lo que se refiere a la historia de su elaboración y promulgación a la voz dedicada a dicho Concilio (digamos sólo que fue promulgada el 18 nov. 1965), damos aquí una visión somera de su contenido. En realidad la Const. no trata sólo de la B., sino, más en general, de la entera Revelación (de ahí su título: Constitución sobre la divina revelación), pero en ella el tema de la B. ocupa un lugar de extrema importancia. Se divide en seis capítulos. El cap. 1 trata de la Revelación en sí misma, exponiendo la doctrina cristiana sobre la existencia y naturaleza de la Revelación y trazando una breve síntesis de su historia desde las primeras automanifestaciones de Dios hasta Cristo. El cap. 2 se ocupa de la transmisión de la Revelación, pudiéndose decir, que la idea de fondo en él desarrollada es la íntima unidad que media entre Tradición, Escritura y Magisterio. A partir del cap. 3 el texto de la Const. está dedicado a la S. E.: en el cap. 3 se estudia la naturaleza de los libros sagrados, exponiendo el dogma cristiano de la inspiración y sus consecuencias (veracidad), así como trazando los criterios generales que deben regir la tarea de la interpretación bíblica; en el cap. 4 y 5 se da una visión general del Antiguo y del N. T., respectivamente; finalmente el 6 y último capítulo trata de la S. E. en la vida de la Iglesia, considerando tanto la presencia de la B. en la liturgia, como su lectura de orden espiritual o el lugar que debe ocupar en los estudios de tipo teológico. V. t.: BÍBLICO, MOVIMIENTO.

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