sábado, 2 de agosto de 2014

Clericis Laicos

Son la palabras iniciales del la Bula de Bonifacio VIII publicada en 25 de febrero de 1296 en respuesta a la apelación formal de los prelados ingleses y franceses como protección contra las intolerables exacciones del poder civil (ver BONIFACIO VIII), El decreto se insertó entre las decretales papales y se encuentra en Lib. Sextus, III, tit. 23. Tras el preámbulo en el que el papa se queja de que los laicos son y han sido siempre amargamente hostiles a los clérigos y que aunque no poseen autoridad sobre las personas o propiedades eclesiásticas, imponen toda clase de pesadas cargas sobre el clero y buscan someterlos a la condición de siervos; que varios prelados y otros dignatarios de la Iglesia, más temerosos de ofender a sus gobernantes terrenales que a Dios, consienten los abusos, sin haber obtenido ni autoridad ni permiso de la Sede Apostólica por lo que él , deseando poner fin a esas formas de proceder inicuas, con el consentimiento de sus cardenales y por la autoridad apostólica, decreta que todos los prelados u otros superiores eclesiásticos que bajo cualquier pretexto, sin la autoridad de la Santa Sede paguen a los laicos una parte de sus ingresos o beneficios de la Iglesia, también a todos los emperadores, reyes, duques, condes etc. que consigan a la fuerza o exijan o reciban tales pagos incurren eo ipso en la sentencia de excomunión de la que excepto in articulo mortis, nadie les puede absolver sin una facultad especial del papa, además de que ningún privilegio o dispensa tendrá prioridad sobre este decreto. Los dos principios que subyacen a esta Bula, es decir(1) que los clérigos disfrutan igualmente que los laicos el derecho de determinar la cantidad necesaria de sus subsidios a la Corona y (2) que la cabeza de la Iglesia debe ser consultada cuando se desvian los ingresos de la iglesia a propósitos seculares, no eran extraños o nuevos en tiempos de la Magna Carta, y que fuera de Inglaterra y Francia se aceptaban sin murmurar. Pero lo que excitó la ira de los dos culpables principales Felipe el Hermoso y Eduardo I, fue que su fuerte tono, por la expresa mención de soberanos y por las graves penas ipso facto que llevaba, sintieron que detrás del decreto había un nuevo Hildebrando resuelto a hacerla cumplir al pie de la letra. La Bula ha sido criticada por el tono vehemente y poco convencional, por su exagerada condena de la actitud hostil del laicado de todas las edades hacia los clérigos y por su incapacidad de distinguir claramente los resultados de los beneficios puramente eclesiásticos y los ingresos laicos de los eclesiásticos por una tenencia feudal. Los consejeros sin escrúpulos de Felipe el Hermoso aprovecharon rápidamente el lenguaje apresurado del papa y forzándole a explicarse lo pusieron a la defensiva y le hicieron perder prestigio. Para las Fuentes y literatura, ver BONIFACIO VIII.
JAMES F. LOUGHLIN.
Transcrito por WGKofron , con agradecimientos a la Iglesia de Sta María , Akron, Ohio.
Traducido por Pedro Royo.

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