martes, 30 de diciembre de 2014

La superación de la Ley...

28 ... luego señor es el Hombre también del precepto».
De primera importancia es la oposición que establece este dicho entre la expresión «el Hombre» («el Hijo del hombre») y «el hombre» del dicho anterior (9). Por alusión a la creación primordial, «el hombre» de 2,27 remitía a la figura de Adán; era el «hijo de Adán», creado a imagen de Dios. En cambio, la expresión «el Hombre» con mayúscula («el Hijo del hombre») de v. 28 designa al que es «Hijo de Dios», no mera imagen, el que, como portador del Espíritu, posee la autori­dad divina (2,10) y actúa como Dios en la tierra, borrando el pasado del hombre y dándole vida (2,5.11). El primero es «el hombre-Adán»; el segundo, «el Hombre-Dios».
En el dicho anterior (v. 27) Jesús ha hecho una declaración sobre el papel del precepto respecto al «hombre-Adán». Dios no lo creó para que fuera súbdito de una Ley, sino para que, mediante ella, fuese imitador de Dios mismo. El precepto tenía la función de recordar al hombre su vocación a la libertad.
Sin embargo, de hecho en el. ámbito del hombre-Adán seguía existiendo la esclavitud, como aparece en las mismas formulaciones del precepto del descanso («tu esclavo, tu esclava», c£ Ex 20,10; Dt 5,14). El precepto era sólo el símbolo de una libertad plena, semejante a la de Dios mismo. Su mera existencia demostraba que el hombre no había llegado aún a realizar el designio divino. El precepto del descanso era, pues, como el estado del hombre, transitorio.
Por eso la segunda parte de la declaración de Jesús se presenta como consecuencia de la primera («luego el Hombre...»); es decir, cuando se cumple en «el Hombre» el designio de libertad al que miraba el antiguo precepto, éste resulta superfluo. Ha pasado el anun­cio, la promesa, para dar paso a la realidad (c£ 1,15: «Ha terminado el plazo»). En otras palabras: el hombre que es portador del Espíritu de Dios y actúa según él («el Hijo del hombre» = «el Hombre») no está regulado en su conducta por una ley externa, sino por el impulso interior del Espíritu.
          
La Ley pretendía garantizar un mínimo de convivencia social; de ahí el carácter negativo de sus preceptos éticos. En cambio, el Espíritu presente en el hombre es fuerza de amor que no solamente excluye toda actividad nociva respecto a los demás, sino que constituye una fuerza positiva de bien y de vida. La ética de la Ley, expresada en prohibiciones que no desarrollan a la persona, es un marco demasia­do pequeño para las posibilidades que Jesús abre al hombre; es la actividad creativa impulsada por el amor la que hace crecer y madurar al ser humano.
La Ley presentaba a un Dios que aseguraba la convivencia repri­miendo las tendencias destructoras de los individuos; Jesús presenta a un Dios que comunica su Espíritu para potenciar al hombre. Ideal­mente, la observancia de la Ley habría desembocado en una sociedad no injusta; la acción del Espíritu lleva, por la solidaridad del amor, a la sociedad de la plena libertad y justicia, el reino de Dios.
«El Hombre» (el Hijo del hombre) por antonomasia es Jesús, el portador del Espíritu (1,10), el Hijo de Dios (1,11) y presencia de Dios en la tierra (2,19: «el Novio/Esposo»). Pero la expresión incluye a todos los que participen de su Espíritu (véase 2,10). En Jesús se revela la plenitud a que está llamado todo hombre. Por la adhesión a su persona se abre a cada uno este horizonte de plenitud; por ella se cancela el pasado pecador (2,5), se recibe vida/Espíritu (2,11) y se alcanza la libertad (2,28: «señor»).
La expresión «ser señor de» es otra manera de formular la «auto­ridad» del Hombre, afirmada en el episodio del paralítico (2,10). El ámbito de su autoridad se extiende también a la Ley. El que actúa movido por el Espíritu actúa como Dios mismo y, como él, está por encima del precepto, es señor de la Ley.
El Hombre no es ya solamente «imagen de Dios», sino «hijo», por participar de su Espíritu/vida. El señorío del Hombre es la conse­cuencia de su nueva relación con Dios como Padre: quien es «hijo de Dios» no puede ser súbdito, sino señor. Lo propio del súbdito es obedecer a la voluntad de otro, que limita su libertad; lo propio del señor es actuar por decisión propia, no regido por norma exterior alguna. La Ley ya no es mediadora entre Dios y el hombre ni expresa la voluntad de Dios para éste; por el Espíritu que recibe, la relación del hombre con Dios es ahora directa. Los seguidores de Jesús están emancipados de la Ley.
         
En efecto, la participación del Espíritu que posee Jesús imprime un nuevo rumbo a la historia y realiza el reinado de Dios, que deja caduca la antigua alianza. El hombre‑Adán puede así salir de su estado transitorio a un nuevo estado definitivo. Dios no es ya un modelo exterior que imitar; al infundir al hombre su Espíritu o fuerza de vida, lo hace partícipe de su ser, capacitándolo para actuar en la tierra como él mismo (2,10).
La declaración de Jesús en 2,27-28 puede compendiarse así: Dios crea al hombre a su imagen, es decir, con la posibilidad de ser libre y señor como él. Pero mientras el hombre viva en una sociedad en la que hay dueños y esclavos está incapacitado para desarrollar su vocación y llevarla a plenitud. Se instituye, sin embargo, el precepto del descanso festivo, para que el hombre se vea libre periódicamente de la servidumbre del trabajo y se asemeje a Dios, su modelo. El precepto del descanso es así símbolo y promesa de la libertad y señorío a que está llamado todo hombre y recordatorio de que su situación es transitoria (v. 27).
La sociedad definitiva, que pone fin al estado transitorio del hom­bre y lo capacita para realizar su destino, es el reino de Dios. Sustituye a la antigua alianza y se caracteriza por la infusión en el hombre de la vida divina, el Espíritu, que lo hace «hijo de Dios» y lo capacita para llegar a ser «el Hombre» pensado por el Creador. En esta socie­dad nueva la libertad no se vive como símbolo, sino como realidad.
El ser humano ha de alcanzar en ella la plena madurez del que actúa siempre por el impulso interior del amor, sin necesidad de ajustar su conducta a una norma externa. La Ley queda como una etapa superada; en su nueva condición, el hombre está por encima de la Ley, es «señor» de ella.
(9) Como en 2,10, Hay, «The Son of Man» 70, da el valor de «hombre» a la expresión «el Hijo del hombre», sin apreciar la oposición entre anthrópos en v. 27 y bo hyios you anthrópou en v. 28. Por otra parte, opina que se refiere aquí a los discípulos, que son los que han violado la observancia; pero es innegable que en primer lugar se refiere a Jesús. Observa, con razón, que no hay nada apocalíptico en el pasaje.

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