lunes, 27 de abril de 2015

Coadjutor.

Según el Derecho canónico católico, el obispo coadjutor (o, en su caso, arzobispo coadjutor), al igual que el obispo, es el sacerdote que recibe el grado del episcopado (del griego επισκοπος [epískopos], «vigilante»). La dignidad de obispo coadjutor es dada por la Santa Sede y conserva casi las mismas características del obispo auxiliar salvo que el prelado que goza de esta dignidad, tiene derecho a sucesión a la sede episcopal cuando esta quede vacante.
Esta dignidad es dada por el Papa a petición del obispo de una diócesis, o por propia iniciativa del Santo Padre, generalmente cuando el obispo tiene edad avanzada y está próximo a renunciar por edad. La labor del coadjutor consiste en auxiliar al obispo y, cuando este renuncie por motivo de edad u otros, seguir la labor evangelizadora. También puede ser dada esta dignidad cuando el Sumo Pontífice lo estime conveniente.

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