jueves, 17 de septiembre de 2015

DECÁLOGO. TEOLOGÍA BÍBLICA.

DicTB
 

SUMARIO: I. El decálogo hoy. II. Antiguo Testamento: 1. Dos formas del decálogo; 2. Las diez palabras; 3. Origen del decálogo; 4. Los destinatarios; 5. Liberados para ser libres (prólogo); 6. "No tendrás otro Dios fuera de mi"; 7. "No te harás escultura ni imagen"; 8. "No tomarás el nombre del Señor para la mentira"; 9. El sábado; 10. "Honra a tu padre y a tu madre"; 11. "No matarás"; 12. "No cometerás adulterio"; 13. "No robarás"; 14. "No darás testimonio falso contra tu prójimo"; 15. "No desearás la casa de tu prójimo"; 16. Reflexión sobre el sentido del decálogo. III. Nuevo Testamento: 1. En los evangelios; 2. En san Pablo.

I. EL DECÁLOGO HOY. En 1981 apareció la traducción francesa de un librito de Jan Milic Lochman, teólogo checoslovaco protestante que huyó a Suiza después de los sucesos de 1968, titulado ¿Hemos de seguir hablando aún de los mandamientos? Es la pregunta que surge de la confrontación entre el evangelio y la ley del AT: ¿los mandamientos son realmente un mensaje de liberación?; ¿nos guían de verdad hacia la libertad, como lo hace el evangelio de Jesucristo?
Pero la cultura moderna pone aún más radicalmente en cuestión el sentido de los mandamientos o, más en general, de una ley moral objetiva, no construida por nuestra conciencia. ¿Los mandamientos corresponden a una concepción legalista de la moral? ¿Puede existir una norma moral universal que se identifique con el código legislativo de un pueblo partitular, muy alejado de nosotros en el tiempo y en la cultura? ¿No están las normas éticas en continua y radical evolución? No intentamos recoger aquí los graves problemas que hoy se discuten tanto por parte de la ética filosófica como por parte de la teología moral. Nos basta haber aludido a ellos para traer a nuestra memoria toda una serie de interrogantes que justifican un estudio siempre renovado del sentido de los diez mandamientos bíblicos. No podemos contentarnos con aquella erudición elemental que nos dieron en nuestra infancia. Por eso examinaremos primero el decálogo en el contexto del AT, deteniéndonos en los pasajes clásicos del /Éxodo y del /Deuteronomio. Luego veremos cómo el NT recoge e interpreta el decálogo.
II. ANTIGUO TESTAMENTO. 1. Dos FORMAS DEL DECÁLOGO. El decálogo se presenta bajo dos formulaciones diferentes, en Ex 20,2-17 y Dt 5,6-21. Una lectura sinóptica hace resaltar algunos añadidos de Dt respecto a Ex:
- como te lo ha ordenado el Señor, tu Dios", en el precepto sobre los padres y sobre el sábado;
- "ni tu buey, ni tu asno..., de esta manera podrán descansar tu siervo y tu sierva lo mismo que tú" en el mandamiento sobre el sábado;
- motivaciones del precepto sabático con la referencia al descanso de Dios después de la creación (tradición P) en Ex y a la liberación de Egipto en Dt;
- "no desearás a la mujer de tu prójimo" se distingue en Dt de la prohibición de desear la casa, el campo, etc., mientras que en Ex "la mujer" forma parte de los bienes del prójimo que no hay que desear;
- hay además algunas otras diferencias menores, pero muy significativas, que señalaremos en el comentario.
Partiendo de la observación atenta de estas dos redacciones del decálogo, algunos autores han intentado reconstruir hipotéticamente, sobre la base de lo que es común y teniendo en cuenta la formulación apodíctica prohibitiva, un posible decálogo original (Urdekalog), que se remontaría a una época muy antigua, e incluso a Moisés. Pero semejante empresa se ha revelado privada de justificaciones reales y no ha llevado a ninguna conclusión. Un "decálogo original" ideal es para nosotros inalcanzable.
Por otra parte, algunos antiguos testimonios, como Os 4,2 y Sal 81, 10-11, no nos llevan más allá del siglo viii a.C. No existe ningún paralelismo verdadero extrabíblico del decálogo que permita una comparación útil, al menos para las fechas. Ni el contenido de cada mandamiento ni la estructura de los diez preceptos ofrecen argumentos convincentes para señalar una fecha concreta.
Así pues, la exégesis del decálogo no puede basarse en un hipotético "decálogo original", sino que ha de partir de las dos redacciones de Ex y de Dt, que presentan una formulación cronológicamente posterior —tal como la leemos hoy nosotros—al siglo vlll a.C.
2. LAS DIEZ PALABRAS. Decálogo significa "diez palabras"; pero el texto bíblico no presenta ninguna enumeración. El término "decálogo" se deriva del griego, pero tiene su correspondiente hebreo en `aseret haddebarim de Dt 4,13; 10,4 (la versión de los LXX en Dt 10,4 tiene oi déka lógoi); Éx 34,28. De las dos tablas solamente se habla en Dt 5,22. Los preceptos no se dividen parte en una tabla y parte en otra (cf Dt 9,10-11,15.17); las dos tablas se refieren al contexto de la alianza-contrato, que se escribía en una doble copia para los dos contrayentes, cada uno de los cuales depositaba una copia del pacto en el santuario. La alianza se presentaba como forma de contrato, y el decálogo es expresión de las obligaciones de la alianza. Así pues, fue la escuela deuteronómica la que canonizó el número 10 con la fórmula "diez palabras".
Algunos han intentado reconstruir un "dodecálogo", es decir, una serie de doce mandamientos, ya que la cifra 12 es símbolo de las tribus de Israel. Pero se trata de una hipótesis poco probable.
En la tradición posbíblica la enumeración de los mandamientos no es igual para todos. La tradición judía considera como primer mandamiento Ex 20,2: "Yo soy el Señor, tu Dios, el que te sacó de Egipto, de la casa de la esclavitud". Luego, el segundo está constituido por Ex 20,3-6; el tercero, por Ex 20,7, y así sucesivamente. La tradición católica y luterana consideran como primer mandamiento Ex 20,3-6 ("No tendrás otro Dios fuera de mí"), mientras que las tradiciones ortodoxa y reformada parten estos versículos en dos mandamientos ("No tendrás otros dioses" - "No te harás ídolos"). Los católicos y los luteranos parten en dos el último mandamiento ("No desear la mujer del prójimo" - "No codiciar la casa del prójimo"), mientras que los otros lo consideran como un solo precepto; esta división es posible solamente siguiendo a Dt 5,21, mientras que es imposible para Ex 20,17.
Los "mandamientos" son "palabras", no "decretos", ni "leyes consuetudinarias", ni "prescripciones", ni "estipulaciones de alianza", ni "sentencias oraculares de los sacerdotes" (tórót): el decálogo no es una "ley" propia y verdadera en sentido jurídico. La terminología empleada se orienta hacia las "palabras" proféticas. Deberíamos entonces entender el decálogo como una proclamación profética de la voluntad de Dios, como una enseñanza parecida a la que el padre da a sus hijos. La formulación es negativa, excepto para el sábado y para el honor que hay que rendir a los padres; pero no es la de las prohibiciones jurídicas, a las que está vinculada la amenaza de un castigo. En efecto, la partícula negativa no es la de una prohibición ('al), sino la de una negación ordinaria (lo'). No se trata de prohibiciones a las que sigue inmediatamente la sanción penal en caso de que no sean respetadas. Se trata más bien de una especie de constatación: "Dios os ha liberado; por tanto, entre vosotros ya no se da esto ni esto". También la fórmula "Yo soy Yhwh...", con que se introduce el decálogo, es característica de la enseñanza del sacerdote. El decálogo parece provenir del ambiente profético-sacerdotal. No es ciertamente un derecho emanado del Estado. La asunción del decálogo dentro de la tórah, es decir, del /Pentateuco, pone de manifiesto que no se le entiende como una ley natural universal ni como un derecho estatal, sino que es precisamente la ordenación del pueblo de la /alianza con Yhwh. Solamente dentro de la comunidad de la alianza es comprensible y practicable el decálogo.
3. ORIGEN DEL DECÁLOGO. No es posible escribir una "biografía" del decálogo. Podemos, sin embargo, intentar una hipótesis de trabajo sobre él.
El decálogo está constituido por preceptos apodícticos, es decir, expresados en la forma: "Tú debes - tú no debes", que tomados uno a uno, prescindiendo de la forma actual, podrían remontarse a la antigua existencia tribal de los israelitas (forma de vivir que no desapareció por completo ni siquiera en la época monárquica). El cabeza de familia daba a los hijos ciertas normas de comportamiento, transmitidas luego de padres a hijos. Estas normas de vida no eran producto de una institución religiosa o política, sino emanaciones de la autoridad paterna. La vida de las tribus tenía necesidad de algunas reglas elementales de conducta. Los miembros de la tribu se consideran "hermanos"; el "prójimo", término que aparece también en el decálogo, sería en este caso equivalente a "hermano": el que vive dentro de la misma comunidad. Dada la experiencia secular de Israel como sociedad acéfala en el período anterior a la monarquía, no es improbable que ese tipo de vida clánica esté en el origen de una serie de evidencias morales, de preceptos que constituyeron un patrimonio del que nunca se renegó. Sobre todo, la adoración exclusiva de Yhwh (monolatría: Ex 20,3) y la prohibición de imágenes en el culto (Ex 20,4) podrían remontarse a la experiencia más antigua de Israel. Pero ciertamente no es posible demostrar que el decálogo, como serie fija de diez preceptos, se haya formado en una época tan antigua. Algunos de los preceptos particulares podrían arraigarse en la antigua ética clánica, pero la "serie" del decálogo es reciente.
Comparando la redacción de Éx y de Dt —excepto el añadido tardío de Dt 5,11-16 sobre el uso del nombre de Yhwh, sobre el sábado y sobre el honor que ha de rendirse a los padres, y la reelaboración tardía de Dt 5,8 sobre la prohibición de imágenes (cf Dt 4,12b.15-18, de la época del destierro)—, parece ser que el texto más antiguo es el que se conserva en Dt. Así pues, en Dt 5,6-10.17-21 tendríamos siete preceptos que podemos considerar como la redacción más antigua de los mandamientos, de época preexílica. El Dt contenía, ya en su redacción más antigua, el nexo entre el decálogo y la alianza divina en el Horeb; es decir, el decálogo formaba parte de la alianza-tratado del Sinaí. Durante el destierro se añadieron los preceptos sobre el sábado y sobre el honor debido a los padres. El precepto del sábado, por su posición central y por su amplitud, se convirtió en el mandamiento principal, cuya observancia a partir del destierro tuvo que caracterizar y distinguir al judío piadoso. El honor de los padres se motiva de la siguiente manera: "(Así) vivirás largos años y serás feliz en la tierra que te da el Señor, tu Dios" (Dt 5,16). La promesa de una vida larga está separada de la promesa de la tierra porque el pueblo se encontraba en el destierro. También la prohibición de hacer figuras esculpidas (Dt 5,8) se formula en los mismos términos de Dt 4, que es muy probablemente de la época del destierro. Si antes de Dt pudieron existir algunas pequeñas series de prohibiciones, solamente con Dt nació la primera redacción del decálogo.
El redactor del Pentateuco insertó Ex 20,2-17 en el contexto de la teofanía sinaítica, recurriendo a Dt, pero también a la tradición sacerdotal (P), para el precepto sobre el sábado, adaptando el decálogo a su teología. En el conjunto de Ex 19-24, el decálogo es una inserción tardía.
Así pues, el decálogo no es el simple registro de una revelación comunicada por Dios en el Sinaí a Moisés, sino una elaboración que se fue haciendo lentamente en diversas fases. Ha dicho muy bien N. Lohfink: "Para el historiador es mucha la niebla que rodea al monte Sinaí, y no consigue ya distinguir exactamente entre lo que se verificó allí un día y lo que sólo más tarde se insertó en aquel contexto para subrayar la importancia de aquel acontecimiento decisivo. Por eso la historia del decálogo le parece mucho más compleja y más rica de lo que pensaron las generaciones de otros tiempos. Fue sólo en un momento determinado de esta historia cuando aquel texto pasó a ser un elemento central del pacto estipulado en el Sinaí. Desde aquel momento el decálogo creció realmente en ese contexto; y sería una necedad sustraerle algo de la autoridad que se le atribuía en el pasado, cuando se creía que había sido dictado por el cielo, en un acontecimiento místico y colectivo, por parte de todas las doce tribus de Israel".
La reconstrucción, siempre hipotética, del origen del decálogo no le quita nada al carácter inspirado de su texto, pero deja lugar a lo humano, ya que Dios habló por medio de los hombres y a la manera humana. La atribución a Moisés, y por tanto a Dios, de las leyes del Pentateuco es la manera como expresó Israel la convicción de fe de que aquellos preceptos eran manifestación de la voluntad salvífica de Dios.
El decálogo, tal como se encuentra actualmente en la Biblia, se formó alrededor de la época que va de la caída del reino de Israel (722 a.C.) a la reforma de Josías (622 a.C.), como exigencia fundamental para superar la crisis religioso-político-social que afligía a Israel. Tanto la versión deuteronómica como la del Éxodo remiten al ambiente deuteronómico como lugar de origen de la colección del decálogo en cuanto tal. También la tendencia a las generalizaciones, evidente, por ejemplo, en el uso de "prójimo" en vez del término "hermano" (aunque uno puede servir como sinónimo del otro: cf Dt 15,2), hace pensar en una época tardía [I Cultura/ Aculturación].
4. Los DESTINATARIOS. El decálogo va dirigido a personas que tienen padres (Ex 20,12), pero también hijos (Ex 20,5.10) y que pueden sentir la tentación de desear la mujer ajena (Ex 20,14.17). Los destinatarios tienen esclavos y esclavas (Éx 20,10), poseen un campo (Ex 20,12; Dt 5,14) y animales (Ex 20,10; Dt 5,14). Viven entre hombres y mujeres que tienen casas, campos y ganados (Ex 20,17; Dt 5,21); pueden verse tentados a adorar otros dioses (Ex 20,3.5) y a construir imágenes idolátricas (Ex 20,4-5). Los destinatarios pueden ser llamados a ser testigos en los procesos (Ex 20,16) y corren el riesgo de hacer juramentos falsos invocando el nombre de Yhwh (Ex 20,7).
El ambiente de vida de los destinatarios es el propio de los campesinos: son campesinos que tienen recursos, que son libres, que tienen esclavos y esclavas. Así pues, los destinatarios directos no son los niños, ni las mujeres, ni los esclavos.
Ello está en perfecta coherencia con el libro del Dt, cuyo "derecho" se formula con vistas a los propietarios campesinos y a los que tienen una responsabilidad en un sector determinado de la sociedad (en la aldea, en la puerta de la ciudad o en el tribunal, en la administración). El estilo o manera de pensar de Dt es probablemente el de la clase dirigente de Jerusalén, que se dirige a los campesinos propietarios que constituyen la mayor parte de la población.
Entre estos campesinos propietarios había graves injusticias, como lo atestigua la predicación de Amós, de Miqueas y de Isaías: había ricos y pobres, opresores y oprimidos. A cada uno de esos campesinos se dirige el decálogo, que intenta establecer un orden religioso y social justo dentro de la comunidad del pueblo de Dios. La ética del decálogo se comprende solamente a partir de la imagen de Dios que allí se propone, el Dios de la libertad; se dibuja de este modo un proyecto de sociedad religioso-estatal, que se contrapone tanto al de las ciudades-estado cananeas como a la colonialista de Egipto. Pero el decálogo no se refiere al derecho estatal de la monarquía israelita, sino a la ética familiar y clánica de la época anterior. La reforma deuteronómica de Josías, en cuyo ámbito hemos colocado el decálogo [/supra, 3], se proponía precisamente reconstruir el "Estado" sobre la base del "derecho de fraternidad" dado por Yhwh, pero no obtuvo ningún éxito. El intento de Josías, reflejado también en el Dt, fue el de conciliar el "Estado" y el "ideal clánico"; pero se reveló como una empresa imposible.
Así pues, originalmente el decálogo no nació como ley universalmente válida, como norma ética atemporal y abstracta dirigida a cualquier hombre de cualquier época y lugar; tampoco quiere ser una síntesis o una suma de toda la ética veterotestamentaria. En el decálogo se enuncian las exigencias fundamentales que hay que respetar si se quiere garantizar a la comunidad de los creyentes el mínimo vital de la libertad fraterna dada por el Dios liberador. El decálogo no es toda la ética bíblica, sino solamente la delimitación de los confines, por encima de los cuales la comunidad del pueblo de Dios pondría en peligro su identidad y su misma existencia.
Entendido de este modo, el decálogo se prestó a un "uso" más amplio y general, fuera del contexto histórico preciso en que nació. Sirvió de base, tanto al judaísmo tras el destierro como al cristianismo, para una fórmula sintética, de tipo catequístico, de las exigencias éticas mínimas e insoslayables, con vistas a la subsistencia misma del pueblo de Dios.
5. LIBERADOS PARA SER LIBRES (PRÓLOGO). El prólogo del decálogo traza el horizonte dentro del cual hay que leer todas las diez palabras: no ya como preceptos aislados, sino como desarrollo del tema enunciado al principio. En Dt 5,6 se lee: "Yo soy el Señor, tu Dios, que te ha sacado de Egipto, de la casa de la esclavitud" (cf Ex 20,2). Dios se define a sí mismo mediante la mención de su acción liberadora respecto a Israel, o sea, mediante la historia libre y misteriosamente puesta en movimiento por él mismo. El decálogo no es expresión de una ley natural universal elaborada filosóficamene, aun cuando su origen en relación con cada precepto tenga que colocarse en el ámbito de la "moral natural", insertada ya desde siempre en el plan salvífico de Dios. El decálogo se arraiga en la historia salvífica del pueblo de Dios, liberado de la esclavitud de Egipto por gracia divina. Para el pueblo israelita que habitaba en Canaán, y directamente para los campesinos israelitas, el recuerdo del artículo de fe fundamental equivalía a una invitación a considerar su condición socio-económica como un don del Dios liberador, que los había sacado de la esclavitud: "Cuando el Señor, tu Dios, te haya conducido a la tierra que juró dar a tus padres, Abrahán, Isaac y Jacob, y te haya entregado en propiedad las grandes y prósperas ciudades que tú no levantaste, las casas llenas de toda suerte de bienes que tú no llenaste, las cisternas que tú no excavaste, las viñas y olivares que tú no plantaste; cuando hayas comido hasta saciarte, no te olvides del Señor que te sacó de Egipto, de la casa de la esclavitud" (Dt 6,10-12).
Dios liberó de la esclavitud y concedió a su pueblo el don de la tierra; esto constituye la premisa, puesta libre y gratuitamente por Dios, para la ley de libertad que viene a continuación. El decálogo, por consiguiente, no es la imposición de un "deber" de obediencia, sino la concesión de un "poder" de obediencia agradecida al don salvífico de la tierra.
El prólogo hace valer el decálogo para todo el pueblo de Dios que habita en la tierra prometida y fundamenta el compromiso de la adoración exclusiva a Yhwh, ya que sólo él ha sido el que lo liberó y lo introdujo en aquella tierra. Habitar en la tierra equivale a morar en la libertad dada por Dios. Pero esta libertad está siempre amenazada y en peligro si no se convierte en libertad comunicativa y constructiva. Como si se dijera: esa libertad que te ha dado el Dios del Éxodo se la debes dar tú a tu prójimo (mediante la observancia de los mandamientos), y de este modo tú mismo garantizarás tu permanencia en la libertad.
El campesino israelita, que presenta en el templo las primicias de los frutos de la tierra, tiene que profesar su fe: "Yo declaro hoy en presencia del Señor, mi Dios, haber entrado ya en la tierra que el Señor había jurado a nuestros padres que nos daría... Y ahora aquí traigo las primicias de los frutos de la tierra que el Señor me ha dado" (Dt 26,3.10). La libertad dada por Dios no es solamente para el alma, sino también para el cuerpo; no sólo para el individuo, sino para todo el pueblo; hay que entenderla no sólo como espiritual, sino como socio-económica.
El decálogo es la condición para permanecer en la libertad: "El Señor nos ha ordenado poner en práctica todas estas leyes y temer al Señor, nuestro Dios, para que seamos dichosos y vivamos, como nos ha concedido hasta ahora" (Dt 6,24). El Señor ha liberado a Israel de la esclavitud, y por tanto ha adquirido frente a Israel el derecho de imponerle sus exigencias; si las obedece, Israel podrá obtener la "vida" [/Liberación/ Libertad].
6. "No TENDRÁS OTRO DIOS FUERA DE MI" (Dt 5,7; Ex 20,3). "Fuera de mí" (o, según otras versiones, "delante de mí") es quizá una expresión que remite al ambiente del culto, para decir que el piadoso israelita debe tener ante los ojos en el santuario solamente a Yhwh. Esta expresión podría también aludir a la esfera política y militar, en la que "no tener a otros delante de mí" significa elegir un jefe y seguirle sólo a él con resolución. También podría significar "en oposición a mí", o bien "con desventaja para mí" (cf Gén 16,12; 25,18). En todo caso está claro que el Señor no quiere que Israel siga a los dioses de los pueblos extranjeros, sino que le adore sólo a él. Este mandamiento excluye toda posibilidad de tener "otros" dioses, es decir, toda relación con cualquier otra divinidad.
¿Se trata del monoteísmo? Hoy es opinión común entre los exegetas que sólo a partir del destierro, sobre todo con el Déutero-Isaías, comienza a afirmarse con claridad la convicción de que existe un solo Dios (monoteísmo teórico), mientras que ya antes del destierro adoraba a un solo Dios (monoteísmo práctico), aun admitiendo teóricamente la existencia de muchos dioses. Con un lenguaje politeísta, el mandamiento exige que la única relación de Israel con lo divino sea la relación con Yhwh. En la mentalidad politeísta se le daba un rostro, un nombre, una figura a toda experiencia religiosa de lo trascendente. Puesto que se dan muchas experiencias religiosas, hay muchas "figuras" divinas, que no hay que entender como seres consistentes en sí mismos, sino como otras tantas posibilidades de encontrar lo divino trascendente. Con el primer mandamiento se le prohibe a Israel buscar otros caminos de encuentro con lo divino fuera del que indica Yhwh. Ese único camino es aquel por el que Yhwh salió al encuentro de su pueblo, liberándolo de la esclavitud de Egipto. Al lado, en contra o fuera de esta experiencia de liberación no hay otros caminos de acceso a lo divino.
Ya Éx 22,19 prohibía sacrificar a otros dioses fuera de Yhwh; Ex 34,14 prohibía postrarse ante otros dioses, ya que Yhwh es un Dios celoso; Os 3,1 recuerda que los israelitas son hijos del Dios vivo, y en 13,4 dice: "Yo, el Señor, soy tu Dios desde el país de Egipto; no conoces otro Dios más que yo, no hay salvador fuera de mí". Por consiguiente, es probable que ya en el siglo viii a.C. Israel estuviese seguro de que había de adorar exclusivamente a Yhwh. Quizá incluso antes.
7. "NO TE HARÁS ESCULTURA NI IMAGEN". Dt 5,8-10: "No harás ídolos ni imagen tallada alguna de cuanto hay arriba en los cielos, abajo en la tierra o en las aguas subterráneas. No te postrarás ante ellas ni les darás culto, pues yo, el Señor, tu Dios, soy un Dios celoso, que castigo las faltas de los padres en los hijos hasta la tercera y cuarta generación de los que me odian, y hago misericordia por mil generaciones a los que me aman y guardan mis mandamientos" (cf Ex 20,4-6).
Ni el cielo, ni la tierra, ni los abismos subterráneos pueden contribuir a hacer una imagen de Dios. La prohibición se refería a representaciones de divinidades extranjeras, como aparece también en el versículo 9: "No te postrarás ante ellas ni les darás culto". Para los israelitas era obvio que Yhwh no podía representarse, ni sintieron nunca la tentación de hacer de él imágenes talladas o fundidas. Dt 4,16-19 aclara la prohibición de las imágenes en el sentido explicado, haciendo un comentario al primer mandamiento.
Puesto que el culto a los dioses extranjeros ya está prohibido en el versículo 7, algunos autores entienden la prohibición de las imágenes, al menos en su formulación primitiva, en relación con Yhwh. Como hemos dicho en el prólogo [/supra, 5], Yhwh es el Dios liberador, que fue experimentado concreta e históricamente por Israel como el que le concedió la libertad; pues bien, este Dios no es manipulable por el hombre. La imagen de la divinidad se concebía como una especie de "encarnación" de la divinidad, que de esta forma caía en cierto modo bajo el poder del hombre. Pero Yhwh no soporta ninguna delimitación de libertad y de soberanía; por tanto, no admite ninguna posible representación de sí.
El texto actual se inclina claramente hacia la prohibición de las imágenes de divinidades extranjeras, como hizo el rey Ezequías (por el 700 a.C.), que suprimió las colinas, hizo pedazos las estelas, arrancó los cipos sagrados e hizo añicos la serpiente de bronce que Moisés había hecho, pues hasta entonces los israelitas le quemaban incienso y la llamaban Nejustán (2Re 18,4).
También la fórmula "Yo soy un Dios celoso" expresa el amor vehemente que siente Dios por Israel, del que exige una adoración exclusiva, que no tolera el culto a los otros dioses. El amor de Dios es absoluto y exigente. "Celoso" no tiene en hebreo ninguna connotación negativa, como en español; podríamos traducirlo por "enamorado". Y en presencia de la infidelidad de Israel, que se entrega al culto de dioses extranjeros, explotan los "celos" de Dios. Se intenta expresar, como cuando se recurre al término /"ira", la incompatibilidad de esa conducta con el amor de Dios.
El amor de Yhwh es tan grande, que no tolera el mal; si lo odian, castiga hasta la cuarta generación, es decir, hasta una entera gran familia patriarcal, compuesta de padres, hijos, nietos y bisnietos. Pero si lo aman y guardan sus mandamientos, Dios tiene con ellos una misericordia sin límites, aunque se trate de una familia compuesta de mil generaciones. Su capacidad de perdonar es infinitamente superior a la de castigar; mientras que su misericordia se extiende durante mil generaciones, el castigo llega solamente hasta la cuarta generación. Este pasaje, así como el de Éx 34,6-7, no tiene que entenderse en el sentido de que Dios castigue arbitrariamente a los hijos inocentes por el pecado de los padres. Lo que aquí importa es el contraste entre mil y cuatro, entre la capacidad infinita de perdonar y las capacidades limitadas de castigar. Efectivamente, en Dt 7,9-10 leemos: "Reconoce, por tanto, que el Señor, tu Dios, es el verdadero Dios, el Dios fiel, que guarda la alianza y la misericordia hasta mil generaciones a los que lo aman y cumplen sus mandamientos, y que castiga en su propia persona a los que lo odian. Hace perecer sin tardanza a quien le odia, y lo hiere con castigo personal".
8. "NO TOMARÁS EL NOMBRE DEL SEÑOR PARA LA MENTIRA". Dt 5,11: "No pronunciarás el nombre del Señor en falso, pues el Señor no perdona al que pronuncia su nombre en falso" (cf Ex 20,7).
Aquí se usa la tercera persona. Es algo que suena bastante extraño en boca de Dios mismo; pero tratándose de relaciones del hombre con los demás hombres, parece plausible.
La expresión "para la mentira" (lasaw') es genérica; el hebreo puede traducirse: "en vano", "en falso", "por una finalidad sin sentido". Según algunos críticos, el segundo mandamiento no se referiría a la blasfemia, ni a los falsos juramentos, ni a las maldiciones, sino al uso del nombre de Yhwh con fines mágicos. Me parece que la formulación no se refiere tan sólo a un crimen determinado, sino que excluye cualquier mal uso, falso, mágico o engañoso, del nombre de Yhwh. Este mandamiento prohíbe que el uso del nombre de Yhwh sirva para esconder alguna malicia humana. Queda excluido cualquier uso de la fuerza de ese nombre para perjudicar al prójimo o para fomentar una relación equívoca con Dios.
9. EL SÁBADO. Las redacciones de Ex y Dt son muy diferentes; por eso las consideraremos por separado.
a) Dt 5,12-15: "Guarda y santifica el día del sábado, como te ha mandado el Señor, tu Dios. Seis días trabajarás y harás tus obras. Pero el séptimo es descanso para el Señor, tu Dios; no harás en él trabajo alguno, ni tú, ni tu hijo, ni tu hija, ni tu siervo, ni tu sierva, ni tu buey, ni tu asno, ni ninguna de tus bestias, ni el extranjero residente; de esta manera podrán descansar tu siervo y tu sierva lo mismo que tú. Acuérdate de que tú fuiste siervo también en Egipto y de que el Señor, tu Dios, te sacó de allí con mano fuerte y brazo poderoso. Por eso el Señor, tu Dios, te manda guardar el sábado".
No sabemos nada cierto sobre el origen del sábado. El antiguo Egipto conocía un ritmo del tiempo en períodos de diez días, pero esto no influyó en los israelitas. En Babilonia, shappatu era el día decimoquinto del mes lunar, es decir, el día de la luna llena, que se celebraba como día nefasto o tabú, en el que era peligroso hacer cualquier trabajo. Es posible que los israelitas lo convirtieran en día no nefasto, festivo; pero no se puede demostrar. El "sábado", como día de descanso semanal, entra a formar parte regularmente de la religión israelita sobre todo a partir de la época del destierro, cuando se convirtió en un distintivo religioso de Israel. Sin embargo, en Ex 23,12 y 34,21, pasajes fechados antes que el decálogo, aparece el precepto del descanso "el día séptimo", pero sin la mención del término "sábado". Así pues, ya antes del destierro existía un descanso periódico el séptimo día.
En el decálogo de Dt el precepto sobre el sábado, tanto por su amplitud y su colocación estructural como por su significado, tiene la función de "mandamiento principal". Lo mismo que el primero, también el tercer mandamiento remite a la liberación de Egipto, formulada literalmente de manera idéntica. Evidentemente, sólo durante el destierro o después de él adquirió tanto relieve el mandamiento sobre el sábado.
Tanto en Dt 5,12 como en Dt 5,16 aparece la fórmula "como te ha mandado el Señor, tu Dios", que no se encuentra en el texto paralelo de Ex 20,8.12. De este hecho deducen algunos autores que el decálogo del Ex es anterior al del Dt, el cual remite a una formulación primitiva (no necesariamente la actual de Ex). El decálogo de Dt aparece como una cita de un discurso de Yhwh, que, por otra parte, no parece haber hablado antes. Probablemente el texto actual del mandamiento sobre el sábado es en el Dt una variante tardía, justificada por el redactor del Pentateuco con la fórmula de referencia.
Este precepto inculca "guardar" (Ex 20,8 dice "Acuérdate") y "santificar" el sábado. El verbo "guardar" es característico del Dt, así como el "guardar" (= "celebrar") del versículo 15 (literalmente "hacer", en hebreo `asah). Se percibe aquí la preocupación práctica del Dt, es decir, el interés por el "hacer" concreto, por el vivir en la praxis la ley de Dios. La "santificación" del sábado consiste en reconocer con la conducta que el día séptimo está consagrado a Dios, que "el sábado es para el Señor" (la expresión "y santifica" quizá fuera mejor traducirla por "santificando" y decir: "guarda el día del sábado santificándolo"). Pues bien, ningún precepto del decálogo prescribe la observancia de ritos o de fiestas cultuales, ni tampoco el del sábado prevé que haya que cumplir ciertos actos cultuales para santificar dicho día séptimo. Se insiste más bien en el aspecto social del mandamiento, o sea en el descanso para toda la gran familia patriarcal (incluidos los esclavos): esto era una auténtica revolución para la sociedad antigua. Pero no por eso se olvida la dimensión religiosa: se trata del "sábado para el Señor", del día que pertenece solamente a Yhwh. El "descanso", como expresión de liberación de la esclavitud económica y social, proviene del Dios liberador. El día del sábado vuelve a situar a toda la creación, incluidos los animales, ante el Dios liberador: el sábado tiene que restablecer para todos la libertad que la organización humana de la sociedad tiende a suprimir. El "descanso" sabático es lo contrario de la "esclavitud" creada por la sociedad; es, por tanto, un mensaje de protesta.
Así pues, el sábado es el memorial semanal de la liberación de Egipto (v. 15; cf Dt 15,15; 16,22; 24,18.22). La libertad dada por Dios con su poder ("con mano fuerte y brazo poderoso") tiene que ser comunicada a toda la familia patriarcal, hasta llegar al forastero o refugiado político, al esclavo y al jornalero emigrado, es decir, a los más pobres. Así se hace nacer la sociedad de Dios.
¿Para qué liberó Dios a Israel de Egipto? Para hacer de Israel una sociedad nueva, libre. El descanso sabático es el memorial del éxodo como fundamento de una sociedad nueva, que no nace de la organización humana, sino de la celebración de la fiesta de Yhwh. La "sociedad justa" nace realmente como don de Dios donde el hombre no se preocupa solamente de sí, mediante el trabajo, sino que se abre a Dios, en la celebración de la fiesta. Una sociedad del trabajo, basada en el trabajo y no en la fiesta por Yhwh, es una sociedad que crea la esclavitud.
b) Ex 20,8-11: "Acuérdate del día del sábado para santificarlo. Seis días trabajarás y harás en ellos todas tus faenas; pero el séptimo día es día de descanso en honor del Señor, tu Dios. No harás en él trabajo alguno ni tú, ni tu hijo, ni tu hija, ni tu siervo, ni tu sierva, ni tu ganado ni el extranjero que habita contigo. Porque en seis días hizo el Señor los cielos y la tierra, el mar y cuanto hay en ellos, y el séptimo descansó. Por ello bendijo el Señor el día del sábado y lo santificó".
El día del sábado ha sido bendecido, es decir, ha sido hecho fecundo por el Señor; está santificado, es decir, consagrado a Dios. Es el sábado "para el Señor": en este día el hombre descubre el sentido de su vida y también el de su trabajo. En una sociedad del trabajo, y por tanto esclavizante o alienante, el "descanso" religioso da sentido al trabajo y no es simplemente tiempo libre. El séptimo día pone al hombre en contacto con la bendición que viene de Dios; no es, por tanto, sólo el trabajo humano lo que es fecundo y productivo; hay una "productividad" o fecundidad que viene de Dios.
La motivación, en Éx, hace referencia al mito de la creación de Gén 1,1-2,4a. El texto del Génesis está replanteado como /"mito", es decir, no tanto como relato de unos hechos, sino más bien como representación típica de lo que vale siempre y en todas partes para todos. Según aquel texto, Dios no es un "deus otiosus" como los dioses paganos, sino un Dios que trabaja y reposa. Al bendecir el sábado, Dios ha impreso en el tiempo de su creación la capacidad de producir "días séptimos" siempre nuevos, días de descanso y de santificación. El hombre no ha sido creado solamente para trabajar, como pensaban los babilonios, sino que ha sido creado a imagen de Dios, que trabaja y que descansa. El "ritmo" divino de trabajo y de descanso, expresión mitológica y simbólica, se introduce también en el mundo humano, a fin de que el trabajo del hombre cree una habitación para Dios y su descanso dé lugar a una santa comunicación con él. Solamente así el mundo del hombre puede convertirse en una digna morada de Dios y en un lugar de libertad y de gozo para el hombre.
10. "HONRA A TU PADRE Y A TU MADRE". Dt 5,16: "Honra a tu padre y a tu madre como te lo ha ordenado el Señor, tu Dios; vivirás largos años y serás feliz en la tierra que te da el Señor, tu Dios" (cf Ex 20,12). Como los demás, también el cuarto mandamiento va dirigido a los hijos adultos, no a los niños. En una sociedad donde los /ancianos no gozan de seguros sociales ni de pensión, los hijos tienen que dar los "honorarios" a sus ancianos padres, esto es, garantizarles el sustento, lo necesario para vivir y, cuando mueran, una honrosa sepultura. El padre y la madre son considerados en el mismo plano, a diferencia de lo que sucede en el ambiente que rodea a Israel, por ejemplo en el código de Hammurabi.
Hay muchos textos bíblicos que prohiben golpear (Ex 21,15), maldecir (Ex 21,17), despreciar (Ez 22,7), burlarse (Prov 30,17), robar (Prov 28,24), insultar (Prov 19,26) a los padres. Esta manera de obrar iría en contra de lo que ordena este mandamiento.
En la antigua sociedad correspondía a los hijos cuidar de los padres ancianos. El hecho de que, aparte del precepto del sábado, éste sea el único mandamiento formulado de forma positiva, indica su importancia en el centro del decálogo. Sobre todo en la época posterior al destierro, tras del derrumbamiento de las instituciones nacionales y los graves deterioros de la vida social, la escuela deuteronómica busca la fidelidad a las tradiciones religiosas y sociales que puedan restablecer una nueva red de relaciones en la sociedad. En el honor que hay que rendir a los padres está también implícito el reconocimiento de su función de guardianes de la tradición religiosa del pueblo de Dios, sobre todo en la difícil coyuntura del destierro.
"El mandamiento sobre los padres es solamente la punta de un iceberg. La familia representa además otras formas naturales de comunidad y de autoridad, sobre todo la comunidad del pueblo" (J. Becker).
A este mandamiento va unida una doble promesa: "una vida larga y una existencia feliz en la tierra de Canaán. El honor que se les rinde a los padres contribuye de manera fundamental a edificar una sociedad sana, que es la condición para un existencia prolongada y serena y para poder seguir habitando en la tierra prometida y dada por Dios.
En Ef 6,2, el NT recoge el AT comentando: "Éste es el primer mandamiento". Probablemente se intenta subrayar el papel de la familia para la edificación de la sociedad.
11. "NO MATARÁS" (Dt 5,17; Éx 20,13). Los tres mandamientos que siguen van formulados sin limitaciones. No se refieren únicamente a una clase social o a un grupo determinado, sino que valen para todos. Intentan proteger el derecho elemental a la propia vida y a la de la familia. Estos tres preceptos aparecen unidos también en Os 4,2; Jer 7,9; Job 24,13-15.
El verbo hebreo utilizado (rsh) indica "la muerte arbitraria de un hombre con una acción violenta"; no se utiliza nunca para la muerte de los animales, de los esclavos o de los extranjeros, mientras que sirve para designar la venganza de sangre (Núm 35,27) y también la pena de muerte (Núm 35,30).
El quinto mandamiento, en su significado original, tiene que entenderse como la prohibición de cualquier comportamiento arbitrario y violento que produzca directa o indirectamente la muerte de un hombre. También las acciones sociales opresivas y violentas podrían provocar la muerte de los débiles y de los indefensos; este mandamiento es una denuncia de la violencia social, que puede causar la muerte de un individuo.
La ley israelita contempla ciertos casos en los que estaba prevista la pena de muerte. El mandamiento prohíbe que un individuo, independientemente de la comunidad, y por tanto de manera arbitraria y atentando así contra la vida comunitaria del pueblo, provoque la muerte del prójimo con acciones violentas y por tanto injustas. Todos los demás casos, por ejemplo, la guerra o el suicidio, no se toman en consideración directa ni indirectamente en este precepto, al menos en su sentido original.
12. "NO COMETERÁS ADULTERlO" (Dt 5,18; Ex 20,14). Este precepto no prohibía más que las relaciones sexuales de un hombre con una mujer casada u oficialmente desposada con otro. Pero no se refiere ni a la prostitución ni a la inmoralidad sexual en general.
La mujer casada estaba considerada como propiedad del marido, al que no se le prohibía tener varias mujeres ni mantener relaciones sexuales con sus esclavas. El hombre no cometía adulterio más que cuando tenía relaciones con una mujer casada, mientras que la mujer casada violaba siempre su propio matrimonio si tenía relaciones con un hombre que no fuese su marido.
El sexto mandamiento, como los demás, se dirige sobre todo a los hombres (cf: "No desearás a la mujer de tu prójimo"); pero también a las mujeres, ya que el verbo "cometer adulterio" (en hebreo na'af) puede tener también como sujeto a las mujeres (cf Lev 20,10; Ez 16,38).
La gran familia patriarcal antigua era una unidad económicamente autónoma, que proveía a todas las necesidades de sus miembros. En semejante estructura social era fundamental garantizar la legitimidad de los hijos, y por tanto de los herederos, además del deber de cuidar de los padres ancianos por parte de los hijos legítimos. El adulterio implicaba el peligro de derrumbar una institución fundamental de la vida social; por eso mismo era considerado como un delito capital.
Algunos textos del AT prevén la pena de muerte para los adúlteros: Si un hombre es sorprendido acostado con una mujer casada, los dos serán condenados a muerte. Así extirparás la maldad de en medio de ti. Si uno encuentra en la ciudad a una joven virgen prometida de otro y se acuesta con ella, los dos serán sacados a las puertas de la ciudad y matados a pedradas" (Dt 22,22-24; cf Lev 20,10). Desgraciadamente, no sabemos si esta ley se ponía en práctica y bajo qué condiciones, puesto que ningún texto bíblico nos da informaciones a este propósito. En el período posterior al destierro, la ejecución de la pena de muerte fue sustituida por la excomunión de la comunidad de culto.
13. "NO ROBARÁS" (Dt 5,19; Éx 20,15). En 1949 A. Alt sostuvo que, en su sentido original, el séptimo mandamiento prohibía raptar a un hombre libre para venderlo como esclavo. Para ello se apoyaba en Ex 21,16: "El que robe una persona, la haya vendido o la retenga todavía consigo, morirá" (cf Dt 24,7). Desde entonces se ha difundido ampliamente esta hipótesis, que a nosotros nos parece insostenible. En efecto, el verbo "robar" sin mención del objeto no puede significar "raptar a una persona". Es verdad que la ampliación de la formulación de este mandamiento puede llegar a comprender la prohibición del secuestro de una persona, pero no puede limitarse a ello. El precepto prohíbe cualquier atentado contra los bienes del prójimo.
La libertad de la persona que quiere garantizar el decálogo según el prólogo ("Te saqué de la casa de la esclavitud") está relacionada también con la propiedad o con los bienes que se poseían, mediante los cuales el israelita podía librarse del peligro de ser vendido como esclavo. El precepto no es un duplicado del "no desear" (Dt 5,21; Ex 20,17), como se verá más adelante [/infra, 15].
14. "NO DARÁS TESTIMONIO FALSO CONTRA TU PRÓJIMO" (Dt 5,20; Ex 20,16). No se trata de la mentira en general, sino del testimonio prestado ante un tribunal, como se deduce también del término técnico hebreo (`anah = deponer). Dt 5,20 prohibe un testimonio "vano" (saw), mientras que Ex 20,16 prohíbe un testimonio "falso" (seger); pero el sentido es el mismo. Quizá se trate de un indicio de reelaboración del precepto.
El término hebreo `ed puede significar tanto "testigo" como "acusador". Efectivamente, el testigo en los tribunales era el que podía y debía afirmar que había "visto" al imputado traspasar la ley; por eso mismo era también el acusador. La ley preveía la presencia de dos testigos por lo menos (Dt 17,6;19,15; Núm 35,30) para evitar que la acusación fuera falsa o interesada. Pero ni siquiera esta regla evitaba que dos testigos se pusieran de acuerdo en decir la mentira (recuérdese el caso de Susana en Dan 13); por eso estaba previsto que los testigos falsos sufrieran la pena que intentaban hacer recaer sobre un inocente: "Si (los jueces), después de una buena investigación, averiguan que el testigo había declarado en falso contra su hermano, harán con él lo mismo que él pensaba hacer con su hermano" (Dt 19,18-19). En Jer 7,9 se recuerdan este y otros preceptos: "¡Cómo! ¡Robáis, matáis, cometéis adulterio, juráis en falso, ofrecéis sacrificios a Baal, corréis tras dioses que no conocéis...!" (cf también Os 4,2).
Hay que señalar que el octavo mandamiento prohibe el falso testimonio-acusación contra el "prójimo", no sólo contra el "hermano" de fe o connacional. El israelita no debe jamás acusar injustamente a nadie, sea quien sea. La manipulación del derecho no está nunca justificada en ningún caso. De este modo el israelita se convierte en testigo, frente a cualquier hombre, de la voluntad de liberación del hombre que le fue dada por su Dios. La ley deuteronómica añade siempre también "hermano", sin usar nunca el término "prójimo" solo; el uso del término "prójimo" es probablemente un indicio de que el mandamiento tiene un origen predeuteronómico. Sin embargo, tanto en Éx como en Dt "prójimo" equivale muchas veces a "hermano de fe" en los contextos legislativos. Es obvio que el decálogo es ante todo la regla de vida de la comunidad israelita, pero el término "prójimo" permite entenderla también como exigencia moral respecto a cualquier ser humano.
15. "NO DESEARÁS LA CASA DE TU PRÓJIMO". Dt 5,21: "No desearás a la mujer de tu prójimo ni ambicionarás sus cosas: casas, campo, siervo o sierva, buey o asno, ni nada de cuanto a tu prójimo pertenece" (cf Ex 20,17).
La formulación es diferente en Éx y en Dt. Algunos ven en el texto de Dt dos preceptos: "No desearás a la mujer de tu prójimo" - "No desearás la casa...". La verdad es que los dos enunciados se expresan con dos verbos distintos (hamad y 'awah). La "casa", en esta hipótesis, no implicaría a las personas, sino solamente las propiedades inmobiliarias del prójimo; la expresión "casas, campo, siervo o sierva, buey o asno" sería un añadido tardío. Los verbos empleados (desear, ambicionar) expresarían no solamente un deseo interior, sino también el acto externo, concreto, de apropiación.
La redacción de Éx contiene un solo mandamiento, con la repetición de un solo verbo «hamad= desear); la "mujer" aparece entre los bienes de propiedad del prójimo, pero esto no significaría una infravaloración de la mujer; la falta del "campo" en el texto del Éxodo sería irrelevante: quizá se quiera extender el precepto a la casa de la ciudad, generalizándolo.
Sin querer obviamente resolver la cuestión tan discutida de si se trata de uno o de dos mandamientos y de cuál es eventualmente la formulación más antigua, dado que los argumentos en favor de una y de otra tesis son más bien frágiles, creemos más interesante señalar que, de diferentes maneras, se prohíbe atentar contra lo que pertenece al prójimo para ser fieles a la libertad de que se habla en el prólogo. Estructuralmente el último mandamiento es una unidad dual (mujer-casa), de forma paralela al primero (dioses extranjeros-imágenes de dioses): el primer mandamiento se refiere a las relaciones con Dios liberador; el último concierne a la libertad dada que hay que guardar y hacer valer en las relaciones con el prójimo. En sustancia este mandamiento prohíbe lo que también denunciaba el profeta Miqueas: "Codician campos y los roban, casas y se apoderan de ellas; hacen violencia al hombre y a su casa, al dueño y a su propiedad" (Miq 2,2).
Probablemente en el contexto de la predicación social de los profetas del siglo VIII a.C. (Amós, Oseas, Isaías, Miqueas) es donde se formó este doble mandamiento relativo a la familia y a la propiedad. Pero ¿no es una repetición del "no robarás" y del "no cometerás adulterio"? No puede decirse que el "no robarás" se refiera sólo al secuestro de las personas y que aquí se trate únicamente de una interiorización del precepto con la prohibición del deseo, mientras que el sexto y el séptimo mandamientos prohibirían más bien la acción efectiva.
El último mandamiento tiene que relacionarse con el anterior ("No darás testimonio falso"). Se intenta defender el derecho y la propiedad de todo israelita, bien sea contra las falsas acusaciones que tienden a desposeerlo, bien frente a los atentados efectivos contra sus derechos y sus propiedades. Hay maneras ilegales de oprimir y de privar al prójimo de sus derechos y de sus bienes; pero también hay lagunas y deficiencias en todas las legislaciones, escapatorias jurídicas con las que podría hacerse pasar como legal una acción o un deseo injusto. El último mandamiento, recogiendo y recalcando el sexto y el séptimo, explicita también la prohibición de los proyectos interiores malvados; pero no es un simple duplicado, sino una profundización y una radicalización: nada puede permitir jamás pisotear los derechos del prójimo, violar su matrimonio y privarlo de su propiedad. También en este caso el mandamiento se refiere ante todo al "prójimo", entendido como hermano de fe, y pretende por tanto proteger a la comunidad del pueblo de Dios. Sin embargo, se trata de una comunidad disponible para hacer de cualquier hombre un "prójimo".
16. REFLEXIÓN SOBRE EL SENTIDO DEL DECÁLOGO. El decálogo es una palabra de Dios libre y liberador, dirigida al hombre libre y responsable. No es una norma legal, jurídica, que haya que entender de forma "materialista", prescindiendo de la intención libre del hombre. No quiere ser ni es un código completo, exhaustivo, de reglas de comportamiento. Pero entonces, ¿por qué tan pocos mandamientos? ¿Cubren los diez mandamientos todo el ámbito de la existencia humana?
Los diez mandamientos se refieren solamente a unos cuantos actos "típicos", que tienen un valor simbólico, es decir, de revelar —y esto no sería posible sin la referencia a unos actos ejemplares— el sentido y el valor de las disposiciones libres del hombre en sus relaciones con Dios y con el prójimo. Su misma formulación negativa sugiere que no pretenden presentarse como "principios" de donde sea posible deducir cada una de las normas particulares sobre cada acto en particular, sino más bien como evidencias morales simbólicas que delimitan un área de significados y de valores, dentro de los cuales es posible solamente encontrar la norma material concreta y singular. En otras palabras, el decálogo no se presenta como evidencia racional o teórica; no se dirige solamente a la inteligencia moral, sino que es más bien una llamada a la libertad (conocimiento-voluntad) humana bajo la forma de una evidencia simbólica, que no se manifiesta al hombre más que cuando éste se adhiere a él o consiente libremente en él.
Puesto que se trata del mandamiento de Dios, la adhesión al mismo es expresión y ejercicio de la fe teologal. No es una casualidad, ni se debe solamente al deseo extrínseco de conferirle autoridad, el hecho de que el decálogo sea colocado en el contexto de la teofanía del Sinaí, esto es, de la revelación de Dios. En el decálogo no se revelan solamente unas "verdades" o una "doctrina", sino la misma entrega de Dios al hombre. Y entonces las diez palabras no son diez conceptos fundamentales, sino "palabras" de revelación libre de Dios al hombre. Son palabras dirigidas a la libertad humana; son la "verdad" de la libertad de Dios que se abre y se da a la libertad del hombre. Solamente en la adhesión libre a la autoentrega libre de Dios llega el hombre a comprender el sentido o la verdad moral instituida por Dios para él. Pero la "verdad moral", simbólicamente expresada en el decálogo, no tiene la evidencia ni de las ideas claras y distintas ni de los conceptos teóricos, sino la evidencia de la revelación divina mediante la palabra. Por consiguiente, resulta significativo que el decálogo no sea llamado "ley", en cuanto que no representa una simple serie de normas materiales singulares, sino "palabra" de revelación, que encuentra su pleno cumplimiento en la palabra encarnada, Jesucristo.
En cuanto que es palabra de revelación, el decálogo es asumido y propuesto de nuevo por Jesús (cf Mt 5; 19,1-9.16-26; etc.). El "Dios que te sacó de Egipto" es el Padre de Jesucristo, que libera mediante el Hijo y que con él le da al hombre las diez palabras de la revelación, a través de las cuales abre a la libertad humana el espacio de su misma libertad amorosa. Sólo se comprende la verdad de Dios cuando uno observa los mandamientos: "Sabemos que le conocemos en que guardamos sus mandamientos" (Un 2,3).
El mandamiento principal es formulado de este modo por el Dt 6,4-5: "Escucha, Israel: El Señor, nuestro Dios, es el único Señor. Ama al Señor, tu Dios, con todo tu corazón, con toda tu alma y con todas tus fuerzas". No se trata de un mandamiento al lado de los demás, sino de la "palabra" que incluye todas las "diez palabras" y abre, por tanto, el espacio —designado precisamente como el ámbito de la entrega libre e incondicionada a Dios— al que remiten todas las diez palabras. El término último de la voluntad moral del hombre —urgida y movida por cada uno de los mandamientos— es el único Yhwh: la falta de adecuación material de cada uno de los mandamientos tomados en sí mismos con la libertad total del hombre queda superada en el acto moral que, al observar el mandamiento, realiza todo su valor simbólico de apertura y de referencia al término absoluto, Yhwh, como término adecuado de la voluntad moral libre del hombre.
III. NUEVO TESTAMENTO. En un artículo publicado en 1982 en Bíblica, la prestigiosa revista del Pontificio Instituto Bíblico de Roma, el teólogo moralista H. Wattiaux escribía: "Si es necesario, efectivamente, conocer el AT para comprender el acontecimiento Cristo, este conocimiento no es indispensable para la existencia cristiana. Para los cristianos, vivir como hijos de Dios en el tiempo presente no implica de suyo el recurso al AT; la conducta y la palabra de Jesús les bastan como criterios morales últimos". Cualquier lector avispado puede descubrir aquí una contradicción: para conocer el acontecimiento Cristo es necesario el AT; pero para conocer la conducta y la palabra de Jesús no es necesario el AT (!). En posiciones como ésta se apoya el prejuicio tan difundido de que la moral (¿y por eso mismo los mandamientos?) del AT ha quedado "superada" por la moral del NT. Se trata de un "prejuicio", si se pretende decir que el NT contiene normas éticas de un contenido más elevado. La "novedad" de Jesús no está en contenidos éticos nuevos.
1. EN LOS EVANGELIOS. Al joven rico le dice Jesús: "Si quieres entrar en la vida, guarda los mandamientos" (Mt 19,16-22; Mc 10,17-22; Lc 18,18-23). Mc añade: "No estafarás" (Mc 10,19), sacado de Dt 24,14. También en la pregunta sobre cuál es el primer mandamiento, Jesús cita a Dt 6,5 ("Amarás al Señor, tu Dios") y a Lev 19,18 ("Amarás a tu prójimo como a ti mismo"): cf Mt 22,34-40; Mc 12,28-31; Lc 10,25-28. En el sermón de la montaña Jesús explica su relación con el AT: "No penséis que he venido a derogar la ley y los profetas; no he venido a derogarla, sino a perfeccionarla" (Mt 5,17). Las seis antítesis ("Sabéis que se dijo a los antiguos... Pero yo os digo...": Mt 5,21-48) no deben entenderse como contraposiciones entre el AT y el NT, sino entre las interpretaciones rabínicas y la interpretación de Jesús respecto a los mandamientos.
2. EN SAN PABLO. En Rom 13,9-10 leemos: "Porque: No cometerás adulterio, no matarás, no robarás, no codiciarás, y cualquier otro mandamiento, todo se reduce a esto: Amarás a tu prójimo como a ti mismo. El que ama no hace mal al prójimo; así que la plenitud de la ley es el amor". Los contenidos son los mandamientos del AT, pero la novedad parece ser el hecho de que todo tiene que reducirse al amor del prójimo. Pero en Lev 19,15-18, después de una serie de preceptos como: "No haréis injusticias en los juicios", "No andarás difamando a los tuyos", "No guardarás odio a tu hermano", se termina así: "Amarás a tu prójimo como a ti mismo".
Jesucristo no ha venido a proponernos un código moral distinto del código del AT. Tampoco el decálogo es un "mandato", sino una "invitación" a vivir la alianza con Dios en la conducta real de la vida. Y el sermón de la montaña no es tampoco un "código de preceptos", sino una exhortación y una invitación a vivir de forma no egoísta, a vivir como Jesús. La novedad traída por Jesús es el don del Espíritu Santo, que nos libera de nuestro egoísmo y nos capacita para amar a Dios y al prójimo como lo hizo Jesús [/ Bienaventuranza/ Bienaventuranzas].
BIBL.: AA.VV., I dieci comandamenti, Cittadella, Asís 1978; AA. V V., I dieci comandamenti spiegati da dieci cardinali, Rizzoli, Milán 1984; BOTTERWECK G.J., El Decálogo. Estudio de su estructura e historia literarias, en "Con" 51 (1965) 62-87; CARMICHAEL C., The Ten Commandments, Oxford 1983; CAZELLES H., Decálogo, en Sacramentum Mundi 2, Barcelona 1982, 133-137; CROSEMANN F., Bewahrung der Freiheit. Das Thema des Dekalogs in sozialgeschichtlicher Perspektive, Munich 1983; HOSSFELD F.L., Der Dekalog. Seine spaten Fassungen, die originale Komposition und reine Vorstufen (Orbis Biblicus et Orientalis 45), Friburgo-Gotinga 1982; LANG B., Grundrechte des Menschen im Dekalog, en "Bibel und Kirche" 34 (1979) 75-78; LOHFINK N., Exégesis bíblica y Teología. La exégesis bíblica en evolución, Salamanca 1969; ID, Ascolta Israele. Esegesi di testi del Deuteronomio, Paideia, Brescia 1968; PESCH O.H., (dieci comandamenti, Queriniana, Brescia 19792; SCHONGEL-STRAUMANN H., Decalogo e comandamenti di Dio, Paideia, Brescia 1977.
A. Bonora

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